5 octubre 2026
Absueltos los cinco acusados de una presunta violación grupal en un chalé de Cullera por falta de pruebas
La Audiencia de Valencia exonera a los cinco procesados al no poder acreditarse la sumisión química ni la ausencia de consentimiento, tras detectar contradicciones en la acusación y valorar unos informes médicos no concluyentes.
Fuente: Levante-EMV
Fuente: Levante-EMV
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado sentencia absolutoria para los cinco jóvenes investigados por unos hechos ocurridos la noche del 2 de junio de 2021 en una propiedad privada de nuestro municipio. El procedimiento judicial, que ha mantenido la atención de la sociedad local durante los últimos cinco años, concluye sin condenas al considerar que no existen pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de agresión sexual múltiple por sumisión química, cargos por los que los procesados se enfrentaban a penas que sumaban más de medio siglo de prisión.
El tribunal fundamenta su decisión en la falta de fiabilidad objetiva de la acusación y en las dudas razonables generadas durante el juicio oral. Según los hechos probados por la sala, la joven acudió al encuentro acompañada de una persona de su círculo más próximo. Durante la velada se produjeron relaciones íntimas con tres de los cinco asistentes. Aunque la acusación sostenía que estos actos se llevaron a cabo bajo los efectos de sustancias vertidas en su bebida sin su conocimiento, anulando su voluntad, la resolución judicial determina que esta circunstancia no ha podido ser acreditada.
Los informes toxicológicos han tenido un peso determinante en la decisión de los magistrados. Los análisis confirmaron la presencia de una compleja mezcla de estupefacientes y medicación psiquiátrica en el organismo de la denunciante, incluyendo cocaína, ketamina y diversos derivados de las benzodiazepinas. No obstante, el tribunal señala que este consumo no prueba por sí mismo la incapacidad de otorgar consentimiento para mantener relaciones, ni tampoco que la ingesta fuera exclusivamente involuntaria. En este sentido, los testimonios de otros asistentes a la reunión señalaron un consumo activo de sustancias, una versión que ha influido en la valoración final de la sala.
Por su parte, los informes forenses presentados durante la vista concluyeron que las lesiones físicas detectadas eran compatibles tanto con una agresión no consentida como con unas relaciones voluntarias, lo que impedía utilizarlas como prueba de cargo irrefutable.
Además de las pruebas médicas, las contradicciones en las declaraciones han minado la solidez del relato principal. El tribunal destaca que la omisión de información relevante, como el tratamiento farmacológico previo que seguía la denunciante, o la negación de vínculos íntimos previos con el acompañante que la llevó a la propiedad, han generado un escenario de incertidumbre.
El caso se inició aquella misma madrugada de verano cuando la Guardia Civil se personó en la zona tras un aviso de emergencia. Los agentes describieron un cuadro de indisposición severa, problemas de movilidad y episodios de vómitos por parte de la joven, hechos que desencadenaron la activación inmediata del protocolo correspondiente. A pesar de este contexto inicial de alarma, la instrucción y el posterior juicio han determinado que, con arreglo a los estrictos criterios del derecho penal, las evidencias recabadas no permiten destruir la presunción de inocencia de los implicados. De esta forma, el órgano judicial zanja definitivamente el caso con la absolución total de todos los cargos.
Cullera24 · 5 octubre 2026 · 17:35
El tribunal fundamenta su decisión en la falta de fiabilidad objetiva de la acusación y en las dudas razonables generadas durante el juicio oral. Según los hechos probados por la sala, la joven acudió al encuentro acompañada de una persona de su círculo más próximo. Durante la velada se produjeron relaciones íntimas con tres de los cinco asistentes. Aunque la acusación sostenía que estos actos se llevaron a cabo bajo los efectos de sustancias vertidas en su bebida sin su conocimiento, anulando su voluntad, la resolución judicial determina que esta circunstancia no ha podido ser acreditada.
Los informes toxicológicos han tenido un peso determinante en la decisión de los magistrados. Los análisis confirmaron la presencia de una compleja mezcla de estupefacientes y medicación psiquiátrica en el organismo de la denunciante, incluyendo cocaína, ketamina y diversos derivados de las benzodiazepinas. No obstante, el tribunal señala que este consumo no prueba por sí mismo la incapacidad de otorgar consentimiento para mantener relaciones, ni tampoco que la ingesta fuera exclusivamente involuntaria. En este sentido, los testimonios de otros asistentes a la reunión señalaron un consumo activo de sustancias, una versión que ha influido en la valoración final de la sala.
Por su parte, los informes forenses presentados durante la vista concluyeron que las lesiones físicas detectadas eran compatibles tanto con una agresión no consentida como con unas relaciones voluntarias, lo que impedía utilizarlas como prueba de cargo irrefutable.
Además de las pruebas médicas, las contradicciones en las declaraciones han minado la solidez del relato principal. El tribunal destaca que la omisión de información relevante, como el tratamiento farmacológico previo que seguía la denunciante, o la negación de vínculos íntimos previos con el acompañante que la llevó a la propiedad, han generado un escenario de incertidumbre.
El caso se inició aquella misma madrugada de verano cuando la Guardia Civil se personó en la zona tras un aviso de emergencia. Los agentes describieron un cuadro de indisposición severa, problemas de movilidad y episodios de vómitos por parte de la joven, hechos que desencadenaron la activación inmediata del protocolo correspondiente. A pesar de este contexto inicial de alarma, la instrucción y el posterior juicio han determinado que, con arreglo a los estrictos criterios del derecho penal, las evidencias recabadas no permiten destruir la presunción de inocencia de los implicados. De esta forma, el órgano judicial zanja definitivamente el caso con la absolución total de todos los cargos.
Cullera24 · 5 octubre 2026 · 17:35