15 septiembre 2026
Luz verde a la quema de la paja del arroz con estrictas restricciones medioambientales
Del 16 de septiembre al 31 de diciembre se permite incinerar restos vegetales por motivos fitosanitarios. La actividad requiere el uso de la app QUEPAR, prohíbe el fuego en festivos y exige vigilancia continua.
Fuente: El Periódico de Aquí
Fuente: El Periódico de Aquí
Al final de la campaña de la siega, el paisaje agrario experimentará su transformación habitual de otoño. A partir de este miércoles 16 de septiembre y hasta el último día del año, los agricultores podrán llevar a cabo la quema de rastrojos, una práctica tradicional que actualmente se enmarca dentro de una rigurosa normativa para minimizar su impacto ambiental y garantizar la seguridad de la ciudadanía.
La autorización de este año se fundamenta exclusivamente en razones fitosanitarias. La incineración de los restos vegetales en los campos solo se permite como medida de choque cuando no existe ninguna otra alternativa de tratamiento viable para proteger los futuros cultivos. Esta necesidad de mantener la sanidad agrícola convive de manera indispensable con la exigencia de preservar el entorno natural, especialmente en zonas de alto valor ecológico como son el Parque Natural de la Albufera y la Zona Húmeda Catalogada del Marjal y el Estany de la Ribera Sur del Júcar.
En estos espacios protegidos, la tecnología juega un papel fundamental en el control de la actividad. Las personas que realicen tareas de incineración están obligadas a seguir las indicaciones de la aplicación móvil QUEPAR, diseñada para regular la actividad en función del riesgo. Por ello, llevar un teléfono móvil para consultar esta herramienta y tener capacidad de contactar con el 112 de forma inmediata en caso de incidencia es un requisito obligatorio en las parcelas.
El calendario y los horarios también están sometidos a un control estricto para facilitar la convivencia con el tejido urbano y garantizar el descanso vecinal. De acuerdo con el plan local, el fuego está totalmente prohibido los domingos y los días festivos. Además, la jornada útil se limita desde la salida del sol hasta dos horas antes del ocaso, momento en el que no puede quedar ninguna llama activa en el término municipal. Tampoco se permite encender fuego en campos limítrofes con otros cultivos que estén en desarrollo o pendientes de siega.
La prevención de incendios forestales es otra de las prioridades fundamentales de la normativa vigente. Únicamente se podrán encender hogueras cuando el nivel de preemergencia, dictaminado diariamente por el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat, se sitúe en el nivel 1. Los días con alerta 2 o 3, la prohibición es absoluta. Para aquellas parcelas que se encuentren a menos de medio kilómetro de terreno forestal, se exige una medida adicional de prevención: la limpieza previa de una franja de seguridad de dos metros de anchura sin hierbas ni matorrales alrededor del punto exacto de quema.
Las condiciones meteorológicas dictan igualmente la viabilidad de estas tareas agrícolas. La presencia de vientos superiores a los 30 kilómetros por hora o los fenómenos de inversión térmica obligan a suspender cualquier actividad. Estas restricciones buscan evitar tanto la propagación descontrolada de las llamas como el estancamiento del humo en las capas bajas de la atmósfera. Esto último resulta de especial importancia en las zonas próximas a grandes vías de comunicación, donde la reducción de la visibilidad podría suponer un peligro grave para la circulación de vehículos.
Desde una perspectiva medioambiental, las instrucciones inciden en un problema histórico de las zonas húmedas locales: la formación de aguas anóxicas. Para evitar la descomposición de la materia orgánica en el agua, que provoca la caída de los niveles de oxígeno y la consiguiente mortandad de peces y fauna acuática, se exige que el proceso garantice la completa mineralización de la paja. Asimismo, queda totalmente vetado el uso de combustibles o productos altamente contaminantes para iniciar la combustión, así como la quema de otros residuos diferentes de los estrictamente autorizados.
Finalmente, la normativa pone el acento en la responsabilidad civil. Se requiere una vigilancia presencial e ininterrumpida, que debe mantenerse hasta comprobar la ausencia total de brasas transcurridas al menos dos horas desde la extinción. La persona encargada tendrá que adoptar las medidas complementarias necesarias y será responsable directa de los daños que se puedan ocasionar.
Cullera24 · 15 septiembre 2026 · 12:54
La autorización de este año se fundamenta exclusivamente en razones fitosanitarias. La incineración de los restos vegetales en los campos solo se permite como medida de choque cuando no existe ninguna otra alternativa de tratamiento viable para proteger los futuros cultivos. Esta necesidad de mantener la sanidad agrícola convive de manera indispensable con la exigencia de preservar el entorno natural, especialmente en zonas de alto valor ecológico como son el Parque Natural de la Albufera y la Zona Húmeda Catalogada del Marjal y el Estany de la Ribera Sur del Júcar.
En estos espacios protegidos, la tecnología juega un papel fundamental en el control de la actividad. Las personas que realicen tareas de incineración están obligadas a seguir las indicaciones de la aplicación móvil QUEPAR, diseñada para regular la actividad en función del riesgo. Por ello, llevar un teléfono móvil para consultar esta herramienta y tener capacidad de contactar con el 112 de forma inmediata en caso de incidencia es un requisito obligatorio en las parcelas.
El calendario y los horarios también están sometidos a un control estricto para facilitar la convivencia con el tejido urbano y garantizar el descanso vecinal. De acuerdo con el plan local, el fuego está totalmente prohibido los domingos y los días festivos. Además, la jornada útil se limita desde la salida del sol hasta dos horas antes del ocaso, momento en el que no puede quedar ninguna llama activa en el término municipal. Tampoco se permite encender fuego en campos limítrofes con otros cultivos que estén en desarrollo o pendientes de siega.
La prevención de incendios forestales es otra de las prioridades fundamentales de la normativa vigente. Únicamente se podrán encender hogueras cuando el nivel de preemergencia, dictaminado diariamente por el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat, se sitúe en el nivel 1. Los días con alerta 2 o 3, la prohibición es absoluta. Para aquellas parcelas que se encuentren a menos de medio kilómetro de terreno forestal, se exige una medida adicional de prevención: la limpieza previa de una franja de seguridad de dos metros de anchura sin hierbas ni matorrales alrededor del punto exacto de quema.
Las condiciones meteorológicas dictan igualmente la viabilidad de estas tareas agrícolas. La presencia de vientos superiores a los 30 kilómetros por hora o los fenómenos de inversión térmica obligan a suspender cualquier actividad. Estas restricciones buscan evitar tanto la propagación descontrolada de las llamas como el estancamiento del humo en las capas bajas de la atmósfera. Esto último resulta de especial importancia en las zonas próximas a grandes vías de comunicación, donde la reducción de la visibilidad podría suponer un peligro grave para la circulación de vehículos.
Desde una perspectiva medioambiental, las instrucciones inciden en un problema histórico de las zonas húmedas locales: la formación de aguas anóxicas. Para evitar la descomposición de la materia orgánica en el agua, que provoca la caída de los niveles de oxígeno y la consiguiente mortandad de peces y fauna acuática, se exige que el proceso garantice la completa mineralización de la paja. Asimismo, queda totalmente vetado el uso de combustibles o productos altamente contaminantes para iniciar la combustión, así como la quema de otros residuos diferentes de los estrictamente autorizados.
Finalmente, la normativa pone el acento en la responsabilidad civil. Se requiere una vigilancia presencial e ininterrumpida, que debe mantenerse hasta comprobar la ausencia total de brasas transcurridas al menos dos horas desde la extinción. La persona encargada tendrá que adoptar las medidas complementarias necesarias y será responsable directa de los daños que se puedan ocasionar.
Cullera24 · 15 septiembre 2026 · 12:54